Preguntas Frecuentes

¿Cuándo y cómo puedo vacunarme?

El Estado de Florida y el Departamento de Salud de Florida están distribuyendo las vacunas. Consulte nuestra página de vacunas para obtener más información.

¿Cuáles son las reglas de seguridad de COVID-19 en el Condado Pinellas?

Las reglas de seguridad locales incluyen una guía sobre las cubiertas faciales y cómo los bares y restaurantes sirven a sus clientes. Ambas ordenanzas están vigentes mientras el condado permanezca en Estado de Emergencia Local.

Cubiertas faciales

La ordenanza 20-14 del condado entró en vigor en junio. Establece:

Una cubierta facial se define como un material que cubre la nariz y la boca y permanece adherido, o un protector facial. Una cubierta facial de tela, o mascarilla, puede ser hecha en una fábrica o cosida a mano y puede ser improvisada con ropa u otros artículos de tela de la casa.

  • Los ciudadanos deben usar una cubierta facial en lugares públicos interiores en el Condado Pinellas, aunque la Junta ha previsto varias excepciones. Entre ellas:
    • El mandato de la ordenanza del condado no puede entrar en conflicto con la Ley de Americanos con Discapacidades.
    • La ordenanza no se aplica si una persona cumple estrictamente con el distanciamiento social y hay 10 o menos personas en el lugar que también mantienen el distanciamiento social.
    • No se aplica a entidades gubernamentales como escuelas, tribunales o alcaldías, aunque se recomienda a esas entidades a que elaboren procedimientos para proteger a los empleados y al público.
    • Si una persona es menor de 18 años, el uso de una cubierta facial para cumplir con la ordenanza se deja a discreción del padre, tutor o un adulto acompañante de esa persona.
    • Los rituales religiosos, como las diversas formas de canto, están permitidos en virtud de la ordenanza siempre que se mantenga estrictamente el distanciamiento social.
    • La ordenanza no prohíbe hacer ejercicio mientras se mantiene el distanciamiento social, como en un gimnasio, sin una cubierta facial.
    • Los empleados de tiendas al detal deben usar cubiertas faciales, a menos que trabajen en una zona del negocio que no esté abierta a los clientes y que tenga medidas de distanciamiento social.

Bares y restaurantes

La ordenanza 20-14 que también entró en vigor en junio. Establece:

  • Los clientes deben estar sentados para que se les sirvan bebidas para consumir en el lugar.
  • Los clientes deben usar una cubierta facial excepto cuando estén sentados y coman o beban y estén a seis pies de distancia de otros grupos.
  • Los empleados deben usar una cubierta facial cuando preparen directa o indirectamente alimentos o bebidas, tengan o no contacto con el cliente, y ya sea en el interior o exterior.
  • Las mesas y los asientos en la barra deben estar colocados de manera que las personas o grupos estén separados seis pies de los demás. Las mesas están limitadas a 10 personas.
  • Los clientes que esperan sentarse deben permanecer distanciados en grupos de no más de 10 personas.
  • Los bares y restaurantes deben establecer reglas que fomenten el distanciamiento social, el lavado de manos y otras medidas de protección basadas en la guía de los CDC.
  • Se recuerda a los negocios que la ordenanza no afecta sus obligaciones en virtud de la legislación federal, incluida la Ley de Estadounidenses con Discapacidades.

¿Se requiere que los dueños y gerentes de restaurantes examinen a los empleados por síntomas de COVID-19?

No, pero se recomienda que los restaurantes y bares sigan las guías de los CDC para Restaurantes y Bares:

Reconozca los signos y síntomas


¿Cómo puedo hacerme la prueba de COVID-19?

Por favor, visite nuestra página de información de pruebas para obtener la información más reciente sobre las pruebas de COVID-19.


¿Cuál es la Orden Ejecutiva del Gobernador DeSantis 20-244? ¿Significa que no hay restricciones COVID-19 en el Condado Pinellas?

La Orden Ejecutiva 20-244, firmada el 25 de septiembre por el Gobernador DeSantis, no afecta la ordenanza local adoptada en el Condado Pinellas, incluyendo el requisito del uso de una cubierta facial en lugares interiores y de que los clientes se sienten para los atiendan en un bar o restaurante.

Si bien la orden del gobernador suspende el cobro de las multas y sanciones asociadas con COVID-19 aplicadas a los individuos, no restringe a los condados y municipios de hacer cumplir las normas sobre las empresas.


¿Tengo que usar una mascarilla en público?

La Junta de Comisionados del Condado adoptó una ordenanza de cubiertas faciales de emergencia que requiere que las personas usen cubiertas faciales en la mayoría de los lugares públicos interiores, y que los restaurantes y bares implementen nuevas medidas de seguridad y que eviten la aglomeración de personas.

La ordenanza del condado entró en vigencia el miércoles 24 de junio a las 5 p.m., y permanecerá en vigencia durante todo el tiempo que dure el Estado de Emergencia Local del Condado Pinellas.

La ordenanza define las cubiertas faciales como un material que cubre la nariz y la boca y que permanece adherido o un protector facial. Una cubierta de tela para el rostro, o mascarilla, puede ser hecha en una fábrica o cosida a mano y puede ser improvisada con ropa u otros artículos de tela del hogar.

Requisitos:

  • Las personas deben usar una cubierta para la cara mientras se encuentren en la mayoría de los lugares públicos interiores dentro del Condado Pinellas, aunque la Junta ha previsto varias excepciones. Entre ellas:
    • El mandato no puede entrar en conflicto con la Ley de Americanos con Discapacidades.
    • No se aplica si una persona cumple estrictamente el distanciamiento social y hay 10 o menos personas en el lugar que también mantienen el distanciamiento social.
    • No se aplica a entidades gubernamentales como escuelas, tribunales o alcaldÍas, aunque se recomienda a esas entidades a que elaboren procedimientos para proteger a los empleados y al público.
    • Si una persona es menor de 18 años, el uso de una cubierta facial se deja a discreción del padre, el tutor o un adulto acompañante de esa persona.
    • Se permiten los rituales religiosos, como las diversas formas de canto, siempre que se mantenga estrictamente el distanciamiento social.
    • El ejercicio físico mientras se mantiene el distanciamiento social, como en un gimnasio, se permite sin cubrir la cara.
    • El personal de los restaurantes debe usar una cubierta facial mientras está de servicio y mientras prepara directa o indirectamente alimentos o bebidas, o sirve alimentos o bebidas, o tiene contacto con los clientes, independientemente de dónde se preparen los alimentos o las bebidas o de si los clientes están dentro o fuera. Los clientes pueden quitarse la cubierta facial mientras cenan o consumen una bebida cuando están sentados y distanciados socialmente.
  • Los restaurantes deben colocar las sillas y mesas de manera que donde haya una o más personas estén separadas por seis pies y que los clientes no estén parados en la barra o congregados en cualquier área.
  • Los empleados de los comercios al detal deben usar cubiertas faciales, a menos que trabajen en un área del negocio que no esté abierta a los clientes y que tenga medidas de distanciamiento social.

Para más información, vea las preguntas frecuentes detalladas sobre las cubiertas faciales.


¿Los visitantes de fuera del estado necesitan ponerse en cuarentena?

Actualmente, el estado de Florida has no tiene restricciones para viajar. Vaya a la página de COVID-19 del Departamento de Salud de Florida para la información más reciente sobre restricciones de viaje.

Los CDC también ofrecen orientación sobre viajes. Se puede encontrar más información en la página de los CDC para Viajeros y en la página de preguntas frecuentes sobre viajes


¿Los parques estatales y del condado están abiertos?

Los parques estatales reabrieron el lunes 4 de mayo.

La mayoría de los parques del condado han permanecido abiertos durante el brote de COVID-19.


¿Se permite que las iglesias, templos y otros lugares de culto permanezcan abiertos?

Los lugares de culto pueden celebrar servicios siempre y cuando se mantengan las recomendaciones de distanciamiento social de los CDC.


¿Están abiertas las cortes? ¿Todavía tengo servicio de jurado?

La Corte Suprema de Florida ha determinado que los juicios con jurado pueden reanudarse en el condado de Pinellas. En respuesta, el Juez Jefe del Sexto Circuito Anthony Rondolino ha ordenado al Secretario de los Tribunales de Pinellas que empiece a reeditar las citaciones de los jurados para los juicios programados para el 26 de octubre de 2020.

Lea la carta del Secretario Burke sobre los Juicios con Jurado que se Reanudarán el 26 de octubre.

Para obtener la mejor y más reciente información sobre los procedimientos judiciales del Condado de Pinellas, visite la pagina de Coronavirus de la Oficina del Secretario de las Cortes de Pinellas.


¿Se permiten los procedimientos electivos?

Los procedimientos médicos electivos se reanudaron el lunes 4 de mayo de 2020.


¿Dónde puedo encontrar más información sobre COVID-19?

Visite el sitio web de los CDC para la mejor y más reciente información sobre COVID-19. Para obtener información a nivel estatal, visite el sitio web del Departamento de Salud de Florida.


¿Dónde puedo obtener ayuda financiera o asistencia alimentaria?

Visite nuestra página Consiga Ayuda para obtener recursos de la comunidad, como asistencia de ingresos y bancos de alimentos.


¿Qué hace el Condado Pinellas en respuesta al COVID-19?

  • Nuestros líderes trabajan de cerca con otros funcionarios de agencias del condado que incluyen Departamento de Salud-Pinellas, la policía, bomberos, emergencias médicas y escuelas.
  • El personal del Condado apoya al Departamento de Salud local coordinando la planificación, los recursos y la respuesta con nuestros colaboradores municipales y comunitarios.
  • Nuestro Departamento de Manejo de Emergencias coordina múltiples grupos de trabajo para abordar necesidades específicas de nuestra comunidad. Estos incluyen: Bomberos y Emergencias Médicas, hospitales, bienestar comunitario, salud de comportamiento e Información Pública, entre otros.
  • Nuestro Equipo de Planificación recopila y analiza datos para ayudar a los líderes del condado y a los funcionarios electos a tomar decisiones mejor informadas sobre cuándo y cómo ayudar a que la vida regrese a la normalidad en el condado.
  • Nuestro Equipo de Logística recopila, coordina y distribuye suministros de protección personal a los cuidadores de primera línea que más lo necesitan.
  • Nuestro Equipo de Negocios trabaja con empresas locales para identificar fuentes locales de suministro de equipos que salvan vidas, ayudando a nuestra economía local y protegiendo a nuestros residentes.
  • Nuestro Equipo de Alimentación colabora con organizaciones sin fines de lucro del área y el Distrito Escolar del Condado Pinellas para preparar y distribuir cientos de miles de comidas a niños y personas vulnerables.
  • Nuestro Equipo de Chat en Vivo atiende cientos de consultas de residentes y solicitudes de ayuda.
  • Hemos mejorado los protocolos de saneamiento de nuestras instalaciones para proteger a nuestros empleados y residentes.
  • Nuestro equipo de Mercadeo y Comunicaciones trabaja con nuestros departamentos y colaboradores para garantizar que los residentes y las empresas estén conectados a los recursos que necesitan para mantenerse seguros y sobrellevar los impactos del virus en nuestra comunidad. Visite nuestras páginas de FacebookTwitter e Instagram para ver mensajes diarios sobre estos y otros temas importantes.


¿Dónde puedo conseguir información sobre datos, mapas e información GIS?

Se creo la página https://egis.pinellas.gov/apps/COVID19/ donde puede acceder a nuestro centro de mapas y recursos, incluyendo el estatus del virus, los recursos alimentarios y más.


¿Cómo ha financiado el Condado Pinellas la respuesta de COVID-19?

Para obtener información sobre los gastos de COVID-19, consulte el Informe de Gastos y el Resumen de Gastos de COVID-19.